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(Estado y Sociedad) Trabajo de Postgrado >

???jsp.display-item.identifier??? http://hdl.handle.net/123456789/4490

???metadata.dc.title???: La tendencia jurisprudencial sobre el control de la legalidad de las providencias administrativas de inamovilidad dictadas por las inspectorías del trabajo
???metadata.dc.contributor.*???: Chaviedo Gómez, Roberto Segundo
Brito Paredes, Jhonny Humberto
???metadata.dc.subject???: Providencias administrativas
Estabilidad laboral
Prestaciones sociales, salarios y condiciones de trabajo
Derecho del trabajo
Derecho laboral
???metadata.dc.date.issued???: ago-2015
???metadata.dc.description.abstract???: La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), consagra el derecho al acceso a la justicia, redimensionando el proceso como instrumento de la justicia, ya que éste se constituye en la vía para dilucidar las controversias, ofreciendo a las partes igualdad de oportunidades para la defensa de sus posiciones. El problema se plantea cuando habiéndose consagrado legalmente en el 2010, la inclusión de la competencia de las acciones de nulidad contra las Providencias Administrativas dictadas por las Inspectorías del Trabajo a la jurisdicción contencioso administrativa estadal, la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia declaró la desaplicación de la norma y atribuyó esa competencia a los Tribunales Laborales. Decisión judicial de la cual emerge una suerte de doble procedimiento en la jurisdicción laboral, porque el Juez Laboral en estas acciones debe aplicar el procedimiento de nulidad contencioso administrativo, y no el proceso laboral. Aplicando la modalidad de la investigación jurídico-dogmática, y mediante el análisis de los instrumentos legales y jurisprudenciales que regulan la materia, se logró identificar la tendencia jurisprudencial sobre el control de la legalidad de los actos administrativos de inamovilidad dictados por las Inspectorías del Trabajo, porque su contenido y alcance está inmerso en los parámetros de la nueva corriente del contencioso laboral. Concluyéndose que los criterios sostenidos en los antecedentes jurisprudenciales analizados si bien se sustentaron, en cada oportunidad, sobre las bases de la dinámica social, sin embargo, no parecen reflejar posiciones definitivas sobre el punto, lo que avizora rasgos de inseguridad jurídica; derivado de ello, se recomienda la creación de la jurisdicción contencioso administrativa laboral.
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